{"id":753,"date":"2009-12-06T05:50:02","date_gmt":"2009-12-06T05:50:02","guid":{"rendered":"https:\/\/marina.swarpeca.es\/revista\/2009\/12\/06\/informe-acceso-al-aborto-en-el-estado-espanol-un-mapa-de-inequidad\/"},"modified":"2009-12-06T05:50:02","modified_gmt":"2009-12-06T05:50:02","slug":"informe-acceso-al-aborto-en-el-estado-espanol-un-mapa-de-inequidad","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/marina.swarpeca.es\/revista\/informe-acceso-al-aborto-en-el-estado-espanol-un-mapa-de-inequidad\/","title":{"rendered":"informe Acceso al aborto en el estado espa\u00f1ol. Un mapa de inequidad"},"content":{"rendered":"<p><strong> <em>(Fotograf\u00eda: obispos en la comisi\u00f3n permanente del episcopado?, tomada de <a href=\"https:\/\/www.redescristianas.net\/2009\/10\/02\/los-obispos-ven-legitima-y-conveniente-la-manifestacion-contra-el-abortojesus-bastante\/\">Redes Cristianas<\/a>)<\/em> <\/strong><\/p>\n<p><em>Jes\u00fas Bastante, Redes Cristianas, 2 Octubre 2009<\/em><\/p>\n<p><strong>Los obispos ven \u201cleg\u00edtima y conveniente\u201d la manifestaci\u00f3n contra el aborto<\/strong> <\/p>\n<p>Religi\u00f3n Digital. Ya nos hubiera gustado que tambi\u00e9n los obispos se hubieran manifestado de este modo tan tajante cuando las masivas movilizaciones producidas en Espa\u00f1a contra la Guerra de Irak. Entonces no dijeron ni una s\u00f3la palabra animando a los cristianos a apoyar aquellas movilizaciones masivas en protesta por la muerte injusta, ilegal y cruel de centenares de miles de vidas humanas. Tambi\u00e9n nos duele el apoyo que prestan al Cardenal Madariaga partidario del golpe de Estado de Honduras. As\u00ed son ellos\u2026(Redacci\u00f3n de R. C.). \u201cUn pueblo que mata a sus hijos es un pueblo sin futuro\u201d, afirm\u00f3 este mediod\u00eda el obispo auxiliar de Madrid y portavoz episcopal, Juan Antonio Mart\u00ednez Camino, durante la rueda de prensa conclusiva de la Comisi\u00f3n Permanente del Episcopado.<br \/>\nUn encuentro que ha servido para que los obispos apoyen y avalen la manifestaci\u00f3n contra la futura Ley del Aborto que diversas organizaciones han convocado para el 17 de octubre, cuya convocatoria y participaci\u00f3n consideran \u201cleg\u00edtima y conveniente\u201d.<\/p>\n<hr \/>\n<p>La referencia del consejo de ministros de 14-05-2009 rese\u00f1a el informe [[<strong>Informe sobre el Anteproyecto de la Ley de Salud Sexual y Reproductiva y de Interrupci\u00f3n Voluntaria del Embarazo<\/strong><\/p>\n<p>&#8211; La norma incorpora medidas en al \u00e1mbito social, sanitario y educativo para garantizar los derechos a la salud sexual y reproductiva y para prevenir embarazos no deseados, as\u00ed como la elaboraci\u00f3n de una Estrategia Nacional de Salud Sexual y Reproductiva a cinco a\u00f1os, con participaci\u00f3n de la comunidad cient\u00edfica y educativa. <\/p>\n<p>&#8211; Hasta las catorce semanas de gestaci\u00f3n se garantiza a las mujeres la posibilidad de tomar una decisi\u00f3n libre e informada sobre la interrupci\u00f3n del embarazo, y de manera excepcional y hasta la semana veintid\u00f3s, si estuviera en riesgo la vida o la salud de la embarazada y si hubiera graves anomal\u00edas en el feto. A partir de aqu\u00ed, s\u00f3lo cuando se detecten anomal\u00edas fetales incompatibles con la vida o una enfermedad extremadamente grave e incurable. <\/p>\n<p>&#8211; Un comit\u00e9 cl\u00ednico autorizar\u00e1 la intervenci\u00f3n en los casos excepcionales cuando existan enfermedades extremadamente graves e incurables. <\/p>\n<p>&#8211; La interrupci\u00f3n voluntaria del embarazo se garantizar\u00e1 dentro de la cartera de servicios del Sistema Nacional de Salud, para que sea una prestaci\u00f3n p\u00fablica y gratuita. El Estado velar\u00e1 por el cumplimiento efectivo de estos derechos a trav\u00e9s de la Alta Inspecci\u00f3n Sanitaria. <\/p>\n<p>El Consejo de Ministros ha recibido un Informe de la Ministra de Igualdad sobre el Anteproyecto de la Ley de Salud Sexual y Reproductiva y de la Interrupci\u00f3n Voluntaria del Embarazo.<\/p>\n<p>La Ministra de Igualdad ha explicado que esta Ley ofrece m\u00e1s garant\u00edas jur\u00eddicas para las mujeres, m\u00e1s seguridad para los profesionales sanitarios y medidas para prevenir embarazos no deseados. Adem\u00e1s, ha se\u00f1alado en su Informe que se trata de una norma m\u00e1s equilibrada, moderna, que nos acerca m\u00e1s a Europa y que da, por primera vez, rango de ley a la educaci\u00f3n sexual en nuestro pa\u00eds. En el Informe se se\u00f1ala que todas las personas tienen derecho a la mejor salud posible, incluida la salud sexual y reproductiva, y todas las personas tienen derecho a tener hijos y a decidir cu\u00e1ndo tenerlos. <\/p>\n<p><strong>Plazos y supuestos<\/strong> <\/p>\n<p>Hasta la semana catorce de gestaci\u00f3n, la mujer podr\u00e1 interrumpir el embarazo libremente, siempre que, como m\u00ednimo tres d\u00edas antes de la interrupci\u00f3n, haya recibido informaci\u00f3n sobre sus derechos y sobre las ayudas de que puede disponer para la maternidad si tal fuera su decisi\u00f3n. Garantiza a las mujeres la posibilidad de tomar una decisi\u00f3n libre e informada sobre la interrupci\u00f3n del embarazo dentro de las primeras catorce semanas.<\/p>\n<p>De manera excepcional hasta la semana veintid\u00f3s la mujer podr\u00e1 interrumpir el embarazo s\u00f3lo en dos supuestos: si estuviera en riesgo la vida o la salud de la embarazada o si hubiera graves anomal\u00edas en el feto. En los dos casos, deber\u00e1 acompa\u00f1ar un dictamen emitido por dos m\u00e9dicos especialistas distintos a los que practican la intervenci\u00f3n.<\/p>\n<p>A partir de aqu\u00ed s\u00f3lo un comit\u00e9 cl\u00ednico podr\u00e1 autorizar una interrupci\u00f3n a petici\u00f3n de la embarazada cuando se detecten anomal\u00edas fetales incompatibles con la vida o una enfermedad extremadamente grave e incurable. En este supuesto, seg\u00fan el Informe de la titular de Igualdad, se eleva el nivel de garant\u00edas y se exige que sea un comit\u00e9 cl\u00ednico pluridisciplinar quien autorice la interrupci\u00f3n del embarazo tras el diagn\u00f3stico.<\/p>\n<p>La Interrupci\u00f3n Voluntaria del Embarazo, adem\u00e1s, se garantizar\u00e1 dentro de la cartera de servicios del Sistema Nacional de Salud, para que sea una prestaci\u00f3n p\u00fablica y gratuita. El Estado, igualmente, adem\u00e1s velar\u00e1 por el cumplimiento efectivo de estos derechos a trav\u00e9s de la Alta Inspecci\u00f3n Sanitaria.<\/p>\n<p><strong>Sin pena de c\u00e1rcel<\/strong> <\/p>\n<p>Con la nueva Ley ninguna mujer podr\u00e1 ser penada con c\u00e1rcel por interrumpir su embarazo, pero la Ministra ha insistido que esto no quiere decir que las pr\u00e1cticas ilegales queden impunes.<\/p>\n<p>Por \u00faltimo, en la disposici\u00f3n final segunda del Anteproyecto se plantea la modificaci\u00f3n de la <a href=\"https:\/\/marina.swarpeca.es\/revista\/IMG\/pdf\/Ley_de_autonomia_del_paciente.pdf\">Ley de Autonom\u00eda del Paciente<\/a> para equiparar la Interrupci\u00f3n Voluntaria del Embarazo al resto de prestaciones sanitarias, donde la mayor\u00eda de edad para decidir se sit\u00faa en diecis\u00e9is a\u00f1os. Seg\u00fan el Informe de la Ministra, se trata de dar coherencia al marco jur\u00eddico y desde luego, de evitar intervenciones clandestinas.<\/p>\n<p><strong>Informes<\/strong> <\/p>\n<p>El Anteproyecto debe ahora pasar al Consejo General del Poder Judicial y al Consejo Fiscal que deber\u00e1n emitir su informe preceptivo. Despu\u00e9s el Consejo de Ministros, tras las modificaciones que estime oportunas, lo aprobar\u00e1 como Proyecto de Ley y lo enviar\u00e1 al Parlamento para su tramitaci\u00f3n y aprobaci\u00f3n que, por tratarse de una Ley Org\u00e1nica, exige del apoyo de la mayor\u00eda absoluta de ambas C\u00e1maras.<\/p>\n<p>&#8211; <a href=\"https:\/\/www.la-moncloa.es\/ConsejodeMinistros\/Referencias\/_2009\/refc20090514.htm\">Fuente: Gobierno de Espa\u00f1a. Consejo de Ministros: Referencias<\/a>.]] sobre el <a href=\"https:\/\/marina.swarpeca.es\/revista\/IMG\/pdf\/IVEANTEPROYECTO._Canarias.pdf\">anteproyecto de ley org\u00e1nica de salud sexual y reproductiva y de la interrupci\u00f3n voluntaria del embarazo<\/a>. Hace dos semanas 183 diputad@s rechazaron 4 enmiendas a la totalidad -apoyadas por 162 votos de PP, CiU, UPD y CC- contra la futura ley de interrupci\u00f3n voluntaria del embarazo. Al defender la ley en el Congreso, la ministra de igualdad manifest\u00f3 querer consensuar la cuesti\u00f3n m\u00e1s pol\u00e9mica del proyecto de ley, la posibilidad de que las j\u00f3venes de 16 y 17 a\u00f1os se acojan a la ley sin necesidad del consentimiento de sus padres. _________________________________________________________  <\/p>\n<p><a href=\"https:\/\/marina.swarpeca.es\/revista\/IMG\/pdf\/Aborto_en_Espana-1.pdf\">INFORME ACCESO AL ABORTO EN EL ESTADO ESPA\u00d1OL<\/a><\/p>\n<p><strong>Introducci\u00f3n<\/strong><\/p>\n<p>Fomentar la equidad en salud es fundamental<br \/>\npara garantizar el derecho de todas las personas<br \/>\na una atenci\u00f3n sanitaria completa y de calidad y<br \/>\ncomo tal es objetivo de la pol\u00edtica de salud en<br \/>\nEspa\u00f1a.<\/p>\n<p>Tres elementos pueden considerarse clave en el<br \/>\nconcepto de equidad en salud [[<strong>Whitehead, Margaret y Dahlgren, G\u00f6ran<\/strong> (2006): Concepts and<br \/>\nprinciples for tackling social inequities in health: Levelling up<br \/>\nPart 1. WHO Collaborating Centre for Policy Research on<br \/>\nSocial Determinants of Health. University of Liverpool.]]: El primero,<br \/>\ngarantizar un acceso igual a la atenci\u00f3n sanitaria<br \/>\nante necesidades similares, lo que implica<br \/>\neliminar las barreras que impiden acceder a los<br \/>\nservicios necesarios para responder a una<br \/>\ndemanda en salud y promover que \u00e9stos se adecuen<br \/>\na las condiciones geogr\u00e1ficas, sociales,<br \/>\necon\u00f3micas o culturales de las personas. El<br \/>\nsegundo se refiere a una utilizaci\u00f3n igual de la<br \/>\natenci\u00f3n sanitaria ante necesidades similares y<br \/>\nen este sentido, si bien se toma en cuenta que<br \/>\nalgunas personas voluntariamente decidir\u00e1n no<br \/>\nacudir a los servicios p\u00fablicos para atender ciertas<br \/>\nnecesidades sanitarias y optar\u00e1n por canales<br \/>\nprivados, este concepto llama la atenci\u00f3n sobre<br \/>\nla necesidad de asegurar que esto no se produzca<br \/>\npor una raz\u00f3n vinculada al acceso, es decir,<br \/>\npor la falta de servicios p\u00fablicos que respondan<br \/>\na dicha necesidad. Finalmente, aunque no<br \/>\nmenos importante, el tercer elemento implica<br \/>\nuna calidad de atenci\u00f3n igual para todas las<br \/>\npersonas, lo que supone asegurar que los niveles<br \/>\nde calidad de los servicios sean adecuados y<br \/>\nsimilares para todos los grupos, incluyendo los<br \/>\ncolectivos m\u00e1s vulnerables.<\/p>\n<p>El embarazo no deseado y el aborto hacen visibles<br \/>\nretos pendientes de resolver en el sistema sanitario<br \/>\ndel Estado Espa\u00f1ol en cuanto al acceso a educaci\u00f3n<br \/>\ny a servicios integrales de salud sexual y<br \/>\nreproductiva. En primer lugar, el aborto est\u00e1 asociado<br \/>\na las dificultades que las mujeres enfrentan<br \/>\npara establecer relaciones de pareja saludables y<br \/>\nequitativas, en las que la prevenci\u00f3n del embarazo<br \/>\nno deseado y el cuidado de la salud tengan un<br \/>\nespacio y puedan realizarse efectivamente, con el<br \/>\nsoporte y amparo del sistema sanitario p\u00fablico.<br \/>\nDesde un punto de vista m\u00e1s amplio, se vincula<br \/>\ntambi\u00e9n a dificultades para integrar las expectativas<br \/>\ny motivaciones relativas a la sexualidad y la<br \/>\nreproducci\u00f3n con el planteamiento y realizaci\u00f3n<br \/>\nde un proyecto de vida satisfactorio y viable. Independientemente<br \/>\ndel supuesto legal al que se acoja<br \/>\nuna mujer para solicitar un aborto, el optar por<br \/>\nesta intervenci\u00f3n implica enfrentar una serie de<br \/>\nprocesos de ajuste, toma de decisiones, negociaci\u00f3n<br \/>\ncon sus parejas en algunos casos, b\u00fasqueda<br \/>\nde informaci\u00f3n, servicios y ayuda, para los cuales<br \/>\ngeneralmente no cuentan con el apoyo ni los<br \/>\nrecursos adecuados. En segundo lugar, el aborto<br \/>\nest\u00e1 especialmente presente en grupos con caracter\u00edsticas<br \/>\nespec\u00edficas y mayor vulnerabilidad en el<br \/>\n\u00e1mbito de la salud sexual y reproductiva, como<br \/>\nson las adolescentes y j\u00f3venes y las mujeres inmigrantes.<\/p>\n<p>La respuesta del Estado frente a este contexto se<br \/>\nenmarca en un conjunto de normas entre las que<br \/>\nse encuentra la <a href=\"https:\/\/marina.swarpeca.es\/revista\/IMG\/pdf\/Ley_Organica_despenalizacion_aborto.pdf\">Ley de despenalizaci\u00f3n del aborto<\/a>.<br \/>\nEsta Ley, no obstante, permite vac\u00edos de interpretaci\u00f3n<br \/>\nque condicionan su aplicaci\u00f3n a la<br \/>\nmanera en que es entendida por cada uno de los<br \/>\nactores vinculados a la atenci\u00f3n de la demanda<br \/>\nde aborto. Esto produce consecuencias en dife-<br \/>\nrentes niveles. Por una parte, un sector de los<br \/>\nprofesionales sanitarios cuestiona la legalidad de<br \/>\nlos abortos que se realizan fuera de los centros<br \/>\np\u00fablicos, y considera \u201cInterrupciones Legales del<br \/>\nEmbarazo -ILE\u201d \u00fanicamente a las que se realizan<br \/>\nen los hospitales p\u00fablicos. Por otra parte, se crea<br \/>\nuna situaci\u00f3n de inseguridad jur\u00eddica que afecta<br \/>\na quienes est\u00e1n vinculados a la demanda de<br \/>\naborto, es decir a las mujeres, en primer lugar,<br \/>\npuesto que les resta oportunidades de acceder a<br \/>\nuna atenci\u00f3n normalizada, a los gestores p\u00fablicos,<br \/>\nen segundo lugar, puesto que no contar con<br \/>\nun marco de referencia formal para proceder<br \/>\nante una demanda de aborto dificulta que puedan<br \/>\nresponder mediante los procesos regulares<br \/>\nque se usan ante otro tipo de necesidades sanitarias,<br \/>\ny finalmente a los profesionales sanitarios<br \/>\nen general, puesto que tampoco cuentan con un<br \/>\nmarco jur\u00eddico que regule claramente el aborto y<br \/>\nbrinde garant\u00edas para realizarlo. En este sentido,<br \/>\nel desarrollo de este estudio contribuye a dar<br \/>\nnueva visibilidad a estos vac\u00edos jur\u00eddicos en un<br \/>\nmomento en que el debate est\u00e1 abierto y se est\u00e1<br \/>\npidiendo la modificaci\u00f3n de los t\u00e9rminos de la ley<br \/>\ny su aplicaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Por otra parte, a pesar del marco legal sobre el<br \/>\naborto que rige en nuestro pa\u00eds y el reconocimiento<br \/>\npor parte de la <a href=\"https:\/\/marina.swarpeca.es\/revista\/IMG\/pdf\/Ley_General_de_Sanidad_catorce_barra_mil_novecientos_ochenta_y_seis.pdf\">Ley General de Sanidad<\/a> del<br \/>\nderecho a la protecci\u00f3n de la salud y a la garant\u00eda<br \/>\ndel acceso a la asistencia sanitaria p\u00fablica en condiciones<br \/>\nde equidad efectiva para toda la poblaci\u00f3n<br \/>\nespa\u00f1ola, la pr\u00e1ctica cotidiana nos ofrece<br \/>\nuna enorme desigualdad en el territorio espa\u00f1ol<br \/>\npara el acceso a los servicios y a la informaci\u00f3n<br \/>\nrelacionada con la interrupci\u00f3n del embarazo. Las<br \/>\ndiversas maneras en que las autonom\u00edas aplican<br \/>\nla ley de aborto tienen como resultado importantes<br \/>\ndesigualdades en el acceso de las mujeres a la<br \/>\ninformaci\u00f3n sobre el tema, al tipo de servicios a<br \/>\nlos que pueden acudir y a los costos que les significan.<br \/>\nDe acuerdo a los testimonios de las mujeres,<br \/>\nestas diferencias tienen un impacto claro en<br \/>\nsu experiencia personal, puesto que en ciertos<br \/>\ncontextos enfrentan situaciones de desprotecci\u00f3n<br \/>\ny ausencia de respuestas de parte del sistema<br \/>\np\u00fablico, que agregan tensi\u00f3n y sufrimiento a una<br \/>\nsituaci\u00f3n de por s\u00ed complicada.<\/p>\n<p>El objetivo de este informe es documentar esas<br \/>\ndiferencias y establecer un perfil de la situaci\u00f3n<br \/>\nen cada comunidad aut\u00f3noma que permita<br \/>\nplantear posibles avances hacia una mayor<br \/>\nequidad. Para ello se ha analizado documentaci\u00f3n<br \/>\nrelacionada con cada CCAA y se han realizado<br \/>\nentrevistas con profesionales que han<br \/>\ncompletado el mapa de situaci\u00f3n. El an\u00e1lisis se<br \/>\nha enfocado especialmente a conocer el grado<br \/>\nde incorporaci\u00f3n de la prestaci\u00f3n de la IVE dentro<br \/>\nde los Planes de Salud de cada Comunidad<br \/>\nAut\u00f3noma, los servicios y procesos de informaci\u00f3n<br \/>\nsobre la IVE, los centros y establecimientos<br \/>\nsanitarios habilitados para la realizaci\u00f3n de la<br \/>\nprestaci\u00f3n, el modelo de financiaci\u00f3n vigente en<br \/>\ncada CCAA y el itinerario que deben seguir las<br \/>\nmujeres para acceder a la IVE.<\/p>\n<p>Finalmente, esta informaci\u00f3n ha sido contrastada<br \/>\ncualitativamente a trav\u00e9s de entrevistas a<br \/>\nmujeres en 3 comunidades aut\u00f3nomas (Andaluc\u00eda,<br \/>\nMadrid y Catalu\u00f1a) que han permitido<br \/>\nexplorar los elementos que estas mujeres consideraron<br \/>\npara decidir interrumpir su embarazo, el<br \/>\nitinerario que siguieron para realizar esta decisi\u00f3n,<br \/>\nlos recursos y respuestas que encontraron<br \/>\nen los servicios p\u00fablicos, as\u00ed como el impacto de<br \/>\nlas caracter\u00edsticas del proceso en cada CCAA<br \/>\nsobre su vivencia del proceso.<\/p>\n<hr \/>\n<hr \/>\n<p><object width=\"340\" height=\"285\"><param name=\"movie\" value=\"https:\/\/www.youtube.com\/v\/s6XGucg56Z4&#038;hl=es_ES&#038;fs=1&#038;rel=0&#038;color1=0xe1600f&#038;color2=0xfebd01&#038;border=1\"><\/param><param name=\"allowFullScreen\" value=\"true\"><\/param><param name=\"allowscriptaccess\" value=\"always\"><\/param><embed src=\"https:\/\/www.youtube.com\/v\/s6XGucg56Z4&#038;hl=es_ES&#038;fs=1&#038;rel=0&#038;color1=0xe1600f&#038;color2=0xfebd01&#038;border=1\" type=\"application\/x-shockwave-flash\" allowscriptaccess=\"always\" allowfullscreen=\"true\" width=\"340\" height=\"285\"><\/embed><\/object><\/p>\n<p><strong>Pi\u00e9nsalo bien<\/strong><\/p>\n<hr \/>\n<hr \/>\n<p><object width=\"340\" height=\"285\"><param name=\"movie\" value=\"https:\/\/www.youtube.com\/v\/rG_tN7xv1sY&#038;hl=es_ES&#038;fs=1&#038;border=1\"><\/param><param name=\"allowFullScreen\" value=\"true\"><\/param><param name=\"allowscriptaccess\" value=\"always\"><\/param><embed src=\"https:\/\/www.youtube.com\/v\/rG_tN7xv1sY&#038;hl=es_ES&#038;fs=1&#038;border=1\" type=\"application\/x-shockwave-flash\" allowscriptaccess=\"always\" allowfullscreen=\"true\" width=\"340\" height=\"285\"><\/embed><\/object><\/p>\n<p><strong>Recibo cr\u00edticas y amenazas por ley aborto (ministra de Igualdad<\/strong><\/p>\n<hr \/>\n<hr \/>\n<p><object width=\"340\" height=\"285\"><param name=\"movie\" value=\"https:\/\/www.youtube.com\/v\/oSZ3652v8IM&#038;hl=es_ES&#038;fs=1&#038;rel=0&#038;border=1\"><\/param><param name=\"allowFullScreen\" value=\"true\"><\/param><param name=\"allowscriptaccess\" value=\"always\"><\/param><embed src=\"https:\/\/www.youtube.com\/v\/oSZ3652v8IM&#038;hl=es_ES&#038;fs=1&#038;rel=0&#038;border=1\" type=\"application\/x-shockwave-flash\" allowscriptaccess=\"always\" allowfullscreen=\"true\" width=\"340\" height=\"285\"><\/embed><\/object><\/p>\n<p><strong>Feministas ven insuficiente la ley del aborto<\/strong><\/p>\n<hr \/>\n<hr \/>\n<p><object width=\"340\" height=\"285\"><param name=\"movie\" value=\"https:\/\/www.youtube.com\/v\/M9hneMdJ4vs&#038;hl=es_ES&#038;fs=1&#038;rel=0&#038;border=1\"><\/param><param name=\"allowFullScreen\" value=\"true\"><\/param><param name=\"allowscriptaccess\" value=\"always\"><\/param><embed src=\"https:\/\/www.youtube.com\/v\/M9hneMdJ4vs&#038;hl=es_ES&#038;fs=1&#038;rel=0&#038;border=1\" type=\"application\/x-shockwave-flash\" allowscriptaccess=\"always\" allowfullscreen=\"true\" width=\"340\" height=\"285\"><\/embed><\/object><\/p>\n<p><strong>Ley del aborto supone mejoras insuficientes<\/strong><\/p>\n<hr \/>\n<hr \/>\n<p>(6 de diciembre de 2009)<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p><strong>Conclusiones y recomendaciones<\/strong><\/p>\n<p>1. Para asegurar la equidad en el sistema sanitario del Estado espa\u00f1ol es preciso modificar la actual regulaci\u00f3n del aborto y promulgar una Ley de plazos que contemple el acceso al aborto por decisi\u00f3n libre e individual de la mujer.<\/p>\n<p>2. El acceso equitativo a la interrupci\u00f3n voluntaria del embarazo en el territorio del Estado Espa\u00f1ol debe garantizarse a trav\u00e9s del desarrollo, en el marco del Consejo Inter-territorial de Salud, de un<br \/>\nprotocolo com\u00fan a todo el sistema sanitario que recoja las pautas y actuaciones b\u00e1sicas para la atenci\u00f3n a las mujeres que soliciten el aborto, definiendo las responsabilidades y roles de los profesionales<br \/>\nsanitarios en este proceso y los criterios para la articulaci\u00f3n de los servicios necesarios. <\/p>\n<p>Este protocolo debe orientarse a eliminar la duplicidad de ex\u00e1menes m\u00e9dicos as\u00ed como todo procedimiento que alargue innecesariamente el itinerario de las mujeres para acceder a esta prestaci\u00f3n. Al mismo tiempo deber\u00e1 establecer el marco b\u00e1sico de informaci\u00f3n y asesoramiento que todas las mujeres que est\u00e1n considerando interrumpir un embarazo deber\u00e1n recibir, as\u00ed como definir la atenci\u00f3n post-aborto necesaria para trabajar la prevenci\u00f3n de futuros embarazos no deseados. <\/p>\n<p>El fortalecimiento del sistema sanitario p\u00fablico en la atenci\u00f3n al aborto requiere realizar una apuesta firme por la inclusi\u00f3n de los contenidos relacionados con la atenci\u00f3n al aborto en la formaci\u00f3n de los profesionales sanitarios.<\/p>\n<p>3. Al mismo tiempo es necesario articular una estrategia para potenciar la capacidad de respuesta y de atenci\u00f3n de las unidades de ginecolog\u00eda y obstetricia de los hospitales p\u00fablicos as\u00ed como los centros de atenci\u00f3n primaria y de planificaci\u00f3n familiar. Para ello se contar\u00e1 con el apoyo y asesoramiento de los y las profesionales de los centros privados y de la sanidad p\u00fablica con experiencia acreditada en este campo. <\/p>\n<p>Este proceso debe incluir un trabajo de verificaci\u00f3n de los recursos materiales y humanos con los que cada unidad o establecimiento cuenta, reforzando los aspectos que sean necesarios para garantizar la m\u00e1s amplia cobertura posible y la mayor calidad de atenci\u00f3n. <\/p>\n<p>La prestaci\u00f3n de la IVE debe ser incorporada como una prestaci\u00f3n sanitaria m\u00e1s y por tanto, ser desarrollada por las unidades de ginecolog\u00eda y obstetricia de los hospitales p\u00fablicos en el caso del aborto quir\u00fargico. En tanto la red sanitaria p\u00fablica no tenga la capacidad resolutiva para responder a la demanda de aborto, deber\u00e1 garantizar complementariamente el acceso de las mujeres a esta prestaci\u00f3n a trav\u00e9s de conciertos con centros privados acreditados. En estos casos, deber\u00e1n concretarse en el protocolo correspondiente los procedimientos de referencia desde los centros de atenci\u00f3n primaria a los centros acreditados, garantizando que las mujeres puedan acceder a ellos de forma fluida y sin obst\u00e1culos. <\/p>\n<p>El l\u00edmite esencial de la objeci\u00f3n de conciencia debe ser la atenci\u00f3n sanitaria obligatoria por lo que en ning\u00fan caso puede suponer un perjuicio para las pacientes. Por otro lado, el ejercicio de la objeci\u00f3n de conciencia que deriva del derecho a la libertad ideol\u00f3gica no deber\u00e1 ser admisible en el caso de instituciones, centros u hospitales, al tratarse de una libertad individual.<\/p>\n<p>4. Considerando que el aborto no puede abordarse de manera aislada sino desde un enfoque integral de salud sexual y reproductiva, ser\u00eda oportuno elaborar y poner en marcha, en consenso con la sociedad civil, una Estrategia de Salud Sexual y Reproductiva que pueda responder a los retos pendientes en temas de aborto, anticoncepci\u00f3n o educaci\u00f3n sexual, con especial atenci\u00f3n al colectivo de mujeres j\u00f3venes e inmigrantes.<\/p>\n<p>5. A nivel normativo, es preciso que se incluya la atenci\u00f3n al aborto expl\u00edcitamente como prestaci\u00f3n sanitaria dentro los marcos normativos auton\u00f3micos donde esta no se recoge, asegurando adem\u00e1s<br \/>\nla difusi\u00f3n de informaci\u00f3n clara sobre esta cuesti\u00f3n dentro de los procesos regulares de atenci\u00f3n sobre salud sexual y reproductiva a la poblaci\u00f3n en general, por ejemplo en las consultas sobre planificaci\u00f3n familiar, en los materiales de difusi\u00f3n sobre salud sexual y reproductiva o<br \/>\nen las p\u00e1ginas web relacionadas con este tema.<\/p>\n<p>6. El fortalecimiento del sistema sanitario p\u00fablico en la atenci\u00f3n al aborto requiere tambi\u00e9n realizar una apuesta firme por la inclusi\u00f3n de los contenidos relacionados con la atenci\u00f3n al aborto en la formaci\u00f3n de los profesionales sanitarios.<\/p>\n<p>7. En aquellos casos en que sea necesario el sistema sanitario p\u00fablico deber\u00e1 cubrir los costes de desplazamiento de aquellas mujeres que tengan que viajar fuera de su lugar de residencia para poder acceder a la prestaci\u00f3n del aborto, aplicando la normativa establecida para otras prestaciones sanitarias equivalentes.<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":752,"comment_status":"closed","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[12],"tags":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/marina.swarpeca.es\/revista\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/753"}],"collection":[{"href":"https:\/\/marina.swarpeca.es\/revista\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/marina.swarpeca.es\/revista\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/marina.swarpeca.es\/revista\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/marina.swarpeca.es\/revista\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=753"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/marina.swarpeca.es\/revista\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/753\/revisions"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/marina.swarpeca.es\/revista\/wp-json\/wp\/v2\/media\/752"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/marina.swarpeca.es\/revista\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=753"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/marina.swarpeca.es\/revista\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=753"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/marina.swarpeca.es\/revista\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=753"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}