{"id":405,"date":"2009-06-12T05:05:42","date_gmt":"2009-06-12T05:05:42","guid":{"rendered":"https:\/\/marina.swarpeca.es\/revista\/2009\/06\/12\/espana-condenada-finalmente-por-clasificar-como-medicamentos-simples-plantas-medicinales\/"},"modified":"2021-03-01T22:39:02","modified_gmt":"2021-03-01T22:39:02","slug":"espana-condenada-finalmente-por-clasificar-como-medicamentos-simples-plantas-medicinales","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/marina.swarpeca.es\/revista\/espana-condenada-finalmente-por-clasificar-como-medicamentos-simples-plantas-medicinales\/","title":{"rendered":"Espa\u00f1a, condenada finalmente por clasificar como medicamentos simples plantas medicinales"},"content":{"rendered":"<p>La iniciativa &#8212;como ya explicamos en esta misma secci\u00f3n de <em>Noticias<\/em> del n\u00ba 110 correspondiente a noviembre del 2008&#8212; la hab\u00eda tomado <strong>Jan Maz\u00e1k<\/strong>, Abogado General del <em>Tribunal de Justicia de la Uni\u00f3n Europea<\/em>, quien hab\u00eda pedido que se condenara a Espa\u00f1a por ello al violar la libre circulaci\u00f3n de mercanc\u00edas.<\/p>\n<p>Una denuncia que &#8212;como ya explicamos&#8212; hab\u00eda adoptado en el 2004 \u00a1la propia Comisi\u00f3n Europea! tras recibir varios escritos de importadores espa\u00f1oles que explicaban que Espa\u00f1a les imped\u00eda comercializar productos aprobados en otros estados porque aqu\u00ed se considera autom\u00e1ticamente \u00abmedicamento\u00bb todo producto que lleve una planta que no figure en la lista elaborada por el Ministerio de Sanidad espa\u00f1ol en 1973 (luego rectificada en el 1976) o que alegue propiedades terap\u00e9uticas.<\/p>\n<p>El Abogado General estudi\u00f3 el asunto y en el 2008 &#8212;\u00a1cuatro a\u00f1os despu\u00e9s!&#8212; corrobor\u00f3 que la interpretaci\u00f3n que hac\u00eda nuestro Ministerio de Sanidad y Consumo de lo que es un \u00abmedicamento\u00bb era \u00abdesproporcionada\u00bb haciendo hincapi\u00e9 en que la mayor\u00eda no representaban peligro real para la salud.<\/p>\n<p>Hace ahora siete meses lo advertimos: \u00ab<em>Habr\u00e1 pues que esperar pero todo indica que Espa\u00f1a ser\u00e1 condenada<\/em>\u00ab.<\/p>\n<p>Afirmaci\u00f3n que apoyamos, entre otras cosas, en el hecho de que el <em>Tribunal de Justicia de la Uni\u00f3n Europea<\/em> ya hab\u00eda dictado una sentencia en la que dej\u00f3 bien claro que el hecho de que un producto &#8212;alimenticio, diet\u00e9tico, fitoter\u00e1pico u ortomolecular&#8212; produzca efectos fisiol\u00f3gicos y se comercialice en forma de pastillas, c\u00e1psulas o ampollas no lo convierte sin m\u00e1s en un <em>medicamento<\/em> que requiere ser aprobado. De hecho conden\u00f3 al Gobierno alem\u00e1n por obstaculizar la venta de un producto de extracto de ajo con tal argumentaci\u00f3n a\u00f1adiendo adem\u00e1s que no se pueden alegar de forma gen\u00e9rica \u00ab<em>posibles riesgos para la salud<\/em>\u00bb para impedir la venta de algo: <strong>hay que justificarlo cient\u00edficamente<br \/>\n<\/strong>. Asimismo determin\u00f3 que el hecho de que un producto se comercialice en forma de pastillas, c\u00e1psulas o ampollas no lo convierte sin m\u00e1s en un \u00ab<em>medicamento<\/em>\u00ab.<\/p>\n<p>La extensa informaci\u00f3n que publicamos en noviembre del 2008 terminaba as\u00ed: \u00ab<em>En suma, una vez m\u00e1s el tiempo nos da la raz\u00f3n. Pero va a pasar lo de siempre: Espa\u00f1a ser\u00e1 condenada y los responsables aut\u00e9nticos de todos los atropellos e ilegalidades perpetradas se ir\u00e1n de rositas<\/em>\u00ab.<\/p>\n<p>Es evidente que no nos equivocamos: el <em>Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas<\/em> ha condenado a Espa\u00f1a. Y los responsables de los atropellos, los que perpetraron todas esas acciones ilegales con uso y abuso de la polic\u00eda y la guardia civil van a quedar impunes. Nadie va a pedirles cuentas. As\u00ed que seguir\u00e1n en el poder y los empresarios afectados tendr\u00e1n que ver una vez m\u00e1s c\u00f3mo la gran industria farmac\u00e9utica protege a sus peones.<\/p>\n<p>Pues bien, nosotros vamos a ser claros y concisos: que despu\u00e9s de esta sentencia <strong>Ana Pastor<\/strong> siga siendo vicepresidenta del Congreso de los Diputados nos parece una ignonimia. Su sill\u00f3n deber\u00eda estar en el banquillo de los acusados de alg\u00fan juzgado. Respondiendo de sus <strong>acciones ilegales<\/strong>.<\/p>\n<p>&#8211; La sentencia \u00edntegra en: <a href=\"https:\/\/marina.swarpeca.es\/revista\/sentencia-de-05-03-2009-el-tribunal-de-justicia-europeo-condena-en-costas-al-estado-espanol-por-retirar-del-mercado-plantas-medicinales-y-no-comunicarlo-a-la-comision\/\">El Tribunal de Justicia europeo condena en costas al estado espa\u00f1ol por retirar del mercado plantas medicinales y no comunicarlo a la Comisi\u00f3n<\/a>.<\/p>\n<p>&#8211; Sobre la sentencia: <a href=\"https:\/\/marina.swarpeca.es\/revista\/justicia-de-la-ue-condena-al-estado-espanol-por-ilegalidad-con-plantas-medicinales\/\">Varapalo del Tribunal de Justicia europeo al estado espa\u00f1ol por su reiterada ilegalidad respecto a las plantas medicinales<\/a>.<\/p>\n<p>(12 de junio de 2009)<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas dict\u00f3 finalmente el pasado mes de marzo una sentencia en la que condena a Espa\u00f1a por haber retirado del mercado \u00a1m\u00e1s de 200 productos! naturales alegando que se trataba de medicamentos sin autorizaci\u00f3n a pesar de que muchos se vend\u00edan legalmente en otros estados miembros como complementos alimenticios o productos diet\u00e9ticos. La sentencia afirma que \u00ab<em>Espa\u00f1a ha incumplido las obligaciones que le incumben al haber retirado del mercado productos elaborados a base de plantas medicinales legalmente fabricados o comercializados en otro estado miembro en virtud de una pr\u00e1ctica administrativa que consiste en retirar del mercado todo producto que contenga plantas medicinales no incluidas en el anexo de la Orden Ministerial de 3 de octubre de 1973 por la que se establece el registro especial para preparados a base de especies vegetales medicinales, en su versi\u00f3n modificada, ni en el anexo de la Orden del Ministerio de Sanidad y Consumo SCO\/190\/204, de 28 de enero, por la que se establece la lista de plantas cuya venta al p\u00fablico queda prohibida o restringida por raz\u00f3n de su toxicidad, y que no sea un preparado constituido exclusivamente por una o varias plantas medicinales o sus partes enteras, trociscos o polvos, por considerar que dicho producto es un medicamento que se comercializa sin la preceptiva autorizaci\u00f3n de comercializaci\u00f3n<\/em>\u00ab. Y condena a pagar las costas a Espa\u00f1a.<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"closed","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[32],"tags":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/marina.swarpeca.es\/revista\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/405"}],"collection":[{"href":"https:\/\/marina.swarpeca.es\/revista\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/marina.swarpeca.es\/revista\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/marina.swarpeca.es\/revista\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/marina.swarpeca.es\/revista\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=405"}],"version-history":[{"count":2,"href":"https:\/\/marina.swarpeca.es\/revista\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/405\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":2959,"href":"https:\/\/marina.swarpeca.es\/revista\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/405\/revisions\/2959"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/marina.swarpeca.es\/revista\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=405"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/marina.swarpeca.es\/revista\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=405"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/marina.swarpeca.es\/revista\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=405"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}